Constituye quórum para sesionar y deliberar en cada sesión del Consejo la presencia de cinco de sus miembros y las decisiones se adoptarán por mayoría absoluta de los votos de los miembros presentes.
El Consejo está facultado para invitar en forma especial a otros agremiaciones profesionales o a las instituciones que considere conveniente, quienes asistirán a las deliberaciones con voz pero sin voto.
Serán relevados de su representación los miembros del Consejo que sin causa justificada faltaren consecutivamente a más de tres (3) reuniones del Consejo. En tal caso se procederá a solicitar a la entidad respectiva la designación inmediata de quien debe reemplazarlo. RECURSOS FINANCIEROS Y BIENES