Artículo decimoctavo. Para adelantar cualquier petición referente a las licencias de conducción o de tránsito ante las autoridades competentes, los interesados deberán estar a paz y salvo, por multas, impuestos, etc., causados por concepto de circulación y tránsito.
Decreto 1147 de 1971 →Vigente
Artículo 18
Decreto 1147 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Código Nacional de Tránsito Terrestre
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.