De manera previa a la presentación de la Solicitud, el Contribuyente podrá solicitar una conferencia con la ACC para discutir el proceso de mutuo acuerdo respecto a los asuntos cubiertos por un Convenio, incluyendo aspectos como la discusión sobre el momento adecuado para la presentación, los aspectos prácticos para obtener el beneficio y las acciones necesarias para facilitar los procedimientos. La información obtenida en dicha conferencia se mantendrá confidencial por la ACC en caso de que el Contribuyente decida no presentar una Solicitud oficial.
(Artículo 17, Resolución 85 de 2020)