Las Personas Que Con Arreglo A Lo Dispuesto En El Aparte 1° Del Parágrafo 2° Del Artículo 3° De La Ley 67 De 1935; Estén Ejerciendo La Medicina Por El Sistema Homeopático, En Virtud De Título Registrado En
Decreto 2736 de 1936 · se reglamenta la ley 67 de 1935, sobre ejercicio de la medicina. (reinserción)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las personas que con arreglo a lo dispuesto en el aparte 1° del
Parágrafo 2
del artículo 3° de la Ley 67 de 1935; estén ejerciendo la medicina por el sistema homeopático, en virtud de título registrado en. el Ministerio de Educación Nacional, presentarán el correspondiente- diploma a la Junta Central para que ésta lo registre.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.