º El Decreto 750 de 1987, artículo 2º, quedará así: "Corresponde al Tribunal Especial de Instrucción investigar los delitos de homicidio previstos en los artículos 323 y 324 del Código Penal; los de lesiones personales, con excepción de los contemplados en el artículo 340 del mismo Código; y los conexos con éstos, cuando su ocurrencia causa una especial conmoción social que agrava la perturbación del orden público y dificulta su restablecimiento".
Artículo 1
El Decreto 750 De 1987, Artículo 2º, Quedará Así: "corresponde Al Tribunal Especial De Instrucción Investigar Los Delitos De Homicidio Previstos En Los Artículos 323 Y 324 Del Código Penal; Los De Lesiones Personales, Con Excepción De Los Contemplados En El Artículo 340 Del Mismo Código; Y Los Conexos Con Éstos, Cuando Su Ocurrencia Causa Una Especial Conmoción Social Que Agrava La Perturbación Del Orden Público Y Dificulta Su Restablecimiento"
Decreto 790 de 1987 · por el cual se dictan medidas para combatir graves delitos contra la vida y la integridad personal y se reforma el Decreto 750 de 1987.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.