Exclusiones. No podrán ser aspirantes a las convocatorias, las personas que:
Sean beneficiarias en forma simultánea de otro programa de becas o créditos condonables que sean apoyados con recursos del Estado colombiano.
Hayan obtenido el título de pregrado en una institución de educación superior extranjera.
Sean integrantes del CEB.
Hayan sido beneficiarias en otra oportunidad de las becas de posgrado otorgadas en virtud de la Ley 1678 de 2013.
En el momento de presentarse para obtener el beneficio, su título de pregrado supere los dos (2) años de haber sido otorgado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A