Micelio

Artículo 2

Con El Fin De Que La Cruz Roja Pueda Disponer De Los Recursos Que Requiere El Establecimiento Del Organismo A Que Este Decreto Se Refiere, El Uso Obligatorio De La Estampilla De La Cruz Roja, Creada Por La Ley 9ª De 1934, Se Extenderá Desde El Año Actual A Todo Un Mes De Cada Año, Que Determinarán De Común Acuerdo El Ministerio De Correos Y Telégrafos Y La Sociedad Nacional De La Cruz Roja, Y Su Producido Se Destinará Exclusivamente Al Sostenimiento Y Provisión Del Socorro Nacional En Caso De Calamidad Pública

Decreto 2468 de 1948 · Por el cual se provee a la creación del Socorro Nacional en caso de calamidad pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con el fin de que la Cruz Roja pueda disponer de los recursos que requiere el establecimiento del organismo a que este Decreto se refiere, el uso obligatorio de la Estampilla de la Cruz Roja, creada por la Ley 9ª de 1934, se extenderá desde el año actual a todo un mes de cada año, que determinarán de común acuerdo el Ministerio de Correos y Telégrafos y la Sociedad Nacional de la Cruz Roja, y su producido se destinará exclusivamente al sostenimiento y provisión del Socorro Nacional en Caso de Calamidad Pública.

Parágrafo

La franquicia telegráfica de que disfruta la Sociedad Nacional de la Cruz Roja será ilimitada en casos siniestros.

Parágrafo

El Gobierno, en casos de calamidad pública, cubrirá los gastos que los auxilios o socorros requieran, en cuanto excedan de los fondos de que la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana puede disponer, provenientes de su propio presupuesto para emergencias y de las colectas que haga para el mismo fin.

Parágrafo

La Contraloría General de la República revisará la aplicación de este fondo para el fin a que se destina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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