º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los Decretos-leyes 473 de 1984 y 102 de 1988 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 41 de 1989 →Vigente
Artículo 6
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Los Decretos-Leyes 473 De 1984 Y 102 De 1988 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 41 de 1989 · Por el cual se adopta el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de empleos de que trata el Decreto-Ley 1042 de 1978 y sus modificatorios, a la Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca -CRC-, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.