Micelio

Artículo 30

Para El Cumplimiento De Sus Funciones, Las Unidades Administrativas Especiales Podrán Integrar Grupos De Trabajo, Que Serán Organizados Y Orientados Por Los Directores Generales De Cada Uno De Los Organismos, O Por Quienes Hagan Sus Veces

Decreto 1253 de 1993 · por el cual se desarrolla y reglamenta parcialmente el Decreto 2119 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el cumplimiento de sus funciones, las Unidades Administrativas Especiales podrán integrar grupos de trabajo, que serán organizados y orientados por los Directores Generales de cada uno de los organismos, o por quienes hagan sus veces. En el acto de integración de los grupos de trabajo, se regularán los aspectos relativos a su funcionamiento, duración, distribución de tareas y asignación de responsabilidades, entre otros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1253 de 1993