Micelio

Artículo 3

Decreto 1776 de 1973 · Por el cual se reglamentan los artículos 1º, 2º, 8º. y 12 de la Ley 145 de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Se entiende por firma de Contadores Públicos, la persona jurídica que se dedica a la prestación de servicio s propios de los contadores públicos, bajo la dirección y responsabilidad de éstos y previa autorización de funcionamiento de la Junta Central de Contadores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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