Micelio

Artículo 21

El Artículo Veintinueve Del Decreto 2828 De 1982, Quedará Así: "el Primer Control Sobre Las Obligaciones Que Establece El Presente Decreto, Comprenderá El Lapso Transcurrido Entre Su Fecha Inicial De Vigencia Y El 30 De Junio De 1983

Decreto 1325 de 1983 · Por el cual se adoptan medidas en relación con el ahorro privado y se interviene en las actividades de las Corporaciones de Ahorro y Vivienda y del Banco Central Hipotecario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo veintinueve del Decreto 2828 de 1982, quedará así: "El primer control sobre las obligaciones que establece el presente decreto, comprenderá el lapso transcurrido entre su fecha inicial de vigencia y el 30 de junio de 1983. Sin embargo, el primer control de las obligaciones impuestas a las Corporaciones de Ahorro y Vivienda, en el artículo segundo del presente decreto comprenderá el lapso transcurrido entre su fecha inicial de vigencia y el 30 de junio de 1984".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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