Micelio

Artículo 151

Los Miembros En Servicio Activo De Las Fuerzas Militares De La Policía Nacional, Los Empleados Del Departamento Administrativo De Seguridad Y De La Dirección Nacional De Aduanas No Podrán Ser Socios No Empleados De Las Empresas, Sociedades O Compañías De Vigilancia Privada

Decreto 1663 de 1979 · Por el cual se expide el estatuto nacional para el control y comercio de armas, municiones, explosivos y sus accesorios

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los miembros en servicio activo de las Fuerzas Militares de la Policía Nacional, los empleados del departamento Administrativo de Seguridad y de la Dirección Nacional de aduanas no podrán ser socios no empleados de las empresas, sociedades o compañías de vigilancia privada. CAPITULO II Compra de armas y expedición de salvoconductos

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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