º. Se prohíbe a los empleados: f) Retirar de las oficinas los útiles de trabajo, sin permiso de la Gerencia del Fondo; b) Presentarse al trabajo en estado de embriaguez, c) Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del superior; d) Hacer colectas, rifas y suscripciones en los lugares de trabajo; e) Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución de trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas o incitar a su declaración o mantenimiento, sea que participe o no en ellas. CAPITULO VII Sanciones.
Artículo 66
Se Prohíbe A Los Empleados: F) Retirar De Las Oficinas Los Útiles De Trabajo, Sin Permiso De La Gerencia Del Fondo; B) Presentarse Al Trabajo En Estado De Embriaguez, C) Faltar Al Trabajo Sin Justa Causa De Impedimento O Sin Permiso Del Superior; D) Hacer Colectas, Rifas Y Suscripciones En Los Lugares De Trabajo; E) Disminuir Intencionalmente El Ritmo De Ejecución De Trabajo, Suspender Labores, Promover Suspensiones Intempestivas O Incitar A Su Declaración O Mantenimiento, Sea Que Participe O No En Ellas
Decreto 3107 de 1965 · Por el cual se aprueban los estatutos de los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y Policía Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.