º Para la organización de los trabajos en la vía nacional del Meta, se dividirá ésta en tres secciones, así: de Serrezuelita a Guasca, de Guasca a Gachetá y de Gachetá a Gachalá. Los trabajos que se ejecuten en estos trayectos estarán bajo la dirección de un Inspector Administrador, de quien dependerán los sobrestantes y vigilantes de las respectivas cuadrillas.
Decreto 724 de 1922 →Vigente
Artículo 1
Para La Organización De Los Trabajos En La Vía Nacional Del Meta, Se Dividirá Ésta En Tres Secciones, Así: De Serrezuelita A Guasca, De Guasca A Gachetá Y De Gachetá A Gachalá
Decreto 724 de 1922 · Por el cual se dictan varias disposiciones relacionadas con la vía nacional del Meta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.