El comprobante de los egresos por gasto de material será la cuenta de cobro presentada por la persona que hizo el suministro o prestó el servicio, y debe llevar el visto bueno de la primera autoridad política del lugar. Cuando el gasto corresponda a un servicio extraordinario no fijado en el Presupuesto, la cuenta de cobro debe acompañarse con la autorización respectiva
Decreto 259 de 1917 →Vigente
Artículo 20
El Comprobante De Los Egresos Por Gasto De Material Será La Cuenta De Cobro Presentada Por La Persona Que Hizo El Suministro O Prestó El Servicio, Y Debe Llevar El Visto Bueno De La Primera Autoridad Política Del Lugar
Decreto 259 de 1917 · Por el cual se reglamenta la Ley 82 de 1916 y se organiza el servicio de Contabilidad en el ramo de Correos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.