° Créanse en la misma empresa los siguientes puestos, con las asignaciones mensuales que se indican: Segundo Tenedor de Libros, con $ 130. Bodeguero de equipajes, estación Bogotá, con $ 90.
Decreto 848 de 1931 →Vigente
Artículo 2
Créanse En La Misma Empresa Los Siguientes Puestos, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Indican: Segundo Tenedor De Libros, Con $ 130
Decreto 848 de 1931 · Por el cual se suprimen unos puestos, se crean otros y se hacen unos nombramientos en el ferrocarril central del Norte, secciones segunda y sur
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.