° La lista de productos a que se refiere el artículo de este Decreto es la siguiente: Nabalalc Producto 12.06.0.01 Conos o flores, frescos o secos, de lúpulo. 12.06.0.02 Lupulino (polvo de lúpulo). 28.01.1.01 Flúor. 28.01.3.01 Bromo. 28.06.2.01 Acido clorosulfónico (clorosulfúrico, cloruro de sulfonilo); 28.13.1.01 Acido fluorhídrico anhidro. 28.13.1.02 Acido fluorhídrico en solución. 28.13.1.03 Acido íluobórico. 28.13.1.04 Acido fluósiíicicó. 28.13.1.05 Atido hipócloroso. 28.13.1.06 Acido órico. 28.13.1.07 Acido percloricó 28.13.1.08 Acido bromhidrico. 28.13.1.09 Acido brómico. 28.13.1.10 Acido yodhídrico. 28.13.1.11 Acido yodico. 28.13.1.12 Acido peryódico. 28.13.2.02 Acidos persulfúricos. 28.13.2.03 Acidos tiónicos. 28.13.2.04 Acido sulfámico (ácido aminosulfónico) 23.13.2.06 Bisulfuro trióxido (sesquióxido de azufre). 28.13.3 Compuestos del selenio y del teluro. 28.13.4 Compuestos del nitrógeno. 28.14.1.01 Cloruros y oxicloruros de yodo. 28.14.1.02 Cloruros y oxicloruros de azufre. 28.14.1.04 Cloruro y oxicloruro de nitrógeno. 28.14.1.05 Cloruros y oxicloruros de arsénico. 28.14.1.07 Cloruros y oxicloruros de selenio. 28.14.1.99 Los demás cloruros y oxicloruros metalóidicos. 28.14.2 Los demás derivados halogenados y oxihalogenados de los metaloides. 28.15.0.02 Sulíuros de Arsénico. 28.15.0.99 Los demás sulfuros metalóidicos. 28.17.0.02 Hidróxido de potasio (potasa caustica). 28.17.0.03 Peróxido de sodio (bióxido sódico ). 28.17.0.04 Peróxido de potasio (bióxido potásico) 28.18.1 Oxidos hidróxidos y peróxidos de estroncio. 28.19.0.02 Peróxido de zinc. 28.20.2.01 Corindones artificiales. 28.24 Oxidos e hidróxidos (hidratos) de cobalto. 28.26 Oxidos de estaño; óxido estannoso (óxido pardo) y óxido estánnico (anhídrido estánnico). 28.28.3.01 Oxido e hidróxido de litio. 28.28.3.02 Oxido e hidróxido de cadmio. 28.28.3.04 Oxidos e hidróxidos wolframio (tungsteno). 28.28.3.06 Oxido e hidróxido de zirconio. 28.28.4 Peróxidos metálicos inorgánicos 28.29.1.01 Fluoruros de amonio. 28.29.1.02 Fluoruro de amonio y sodio. 28.29.1.03 Fluoruro de litio 28.29.1.04 Fluoruro de sodio. 28.18.1.05 Fluoruro de aluminio. 28.29.1.99 Los demás fluoruros. 28. 29.2 Fluosilicatos (fluorosilicatos). 26.29.9 Otras Fluosales. 28.30.1.12 Cloruro de cobalto. 28.30.1.13 Cloruro deníquel. 28.30.1.15 Cloruros de estaño. 28.31.1 Cloritos. 28.32.2 Percloratos. 28.33 Bromuros y oxibromuros, bromatos y perbromatos: hipobromitos. 28.34.1.01 Yoduros y oxiyoduros dé amonio. 28.34.1.04 Yoduro y oxiyoduro de calcio. 28.34.1.05 Yoduro y oxiyoduro cíe antimonio. 28.34.1.06 Yoduro y oxiyoduro de cobre. 23.34.1.07 Yoduros y oxiyoduros de mercurio. 28.34.1.08 Yoduro y oxiyoduro de plomo. 28.34.1.99 Los demás yoduros y oxiyoduros. 28.34.2 Yodatos y peryodatós. 28.35.1.01 Sulfuros de amonio. 28.35.1.03 Sulfuros de Potasio. 28.35.1.04 Sulfuro de bario. 28.35.1.05 Sulfuro de cadmio. 28.35.2.99 Los demas polisulfuros. 28.36.2 Hidrosulfitos estabilizados por materias orgánicas. 28.36.3 Sulfoxilatos. 28.38.1.09 Sulfato de níquel. 28.38.1.11 Sullfatos de mercurio. 28.38.3.01 Persulfato de amonio. 28.38.3.99 Los demás persulfatos. 28.48.1 Sales simples o complejas de los ácidos del selento o del teluro 28.48.2.01 Cloruro de amonio y estaño. 28.48.2.02 Cloruro de amonio y hierro. 28.48.2.03 Cloruro de amonio y níquel. 28.48.2.05 Cloruro de sodio y aluminio. 28.48.2.06 Cloruro de sodio y antimonio. 28.48.2.07 Cloruro de sodio y magnesio. 28.48.2.09 Los demás cloruros dobles o complejos clorosales Yoduros dobles o complejos: Yodosales. 28.48.4.05 Sulfato cúproámomacál. 28.48.4.06 Sulfato mercuroamoniacal. 28.48.6 Silicatos dobles o complejos. 28.48.9 Otras sales y persales de los acidos inorgánicos. 28.58.4 Amiduros y cloroamiduros. 28.58.0.01 Yoduro de fósfonio. 29.45 Los demás compuestos orgánicos. 32.07.1.01 Productos inorgánicos de la clase de los utilizados como '"luminoforos" 35.02 Albuminas albuminatos y otros derivados de las albuminas 38.01 Grafito artificial y grafico cordial; excepto el que se presenta en suspesión en aceite 38.06 Lignosulfitos. 68.07.0.02 Vermiculita perlita y productos minerales similares dilatados Capítulo 75 Níquel. Capítulo 77 Magnesio, berilio (glucinio). 80.03 Chapas, planchas, hojas y tiras, de estaño, de un peso por metro cuadrado superior a un kilogramo 80.04 Hojas y tiras delgadas, de estaño (incluso-gofradas, cortadas, perforadas, recubiertas, impresas o fijas sobre el papel, cartón, materias plásticas artificiales o soportes similares), de un kilogramo o menos de peso por metro cuadrado, (sin incluir el soporte); polvo y partículas de estaño. 81.01.1.02 Desperdicios y chatarra de volframio (tungsteno) en bruto. 81.01.2.02 Filamentos y alambres, incluso en espirales de volframio tungsteno. 81.02 Molibdeno en bruto o manufacturado. 81.03 Tántalo en bruto o manufacturado. 81.04.1 Uranio empobrecido en U 235 y torio. 81.04.2.04 Manufacturas de cadmio. 81.04.3 Cobalto y cromo. 81.04.4.01 Manganeso en bruto. 81.04.4.03 Manufacturas de manganeso. 81.04.5 Vanadio circónió, galio y germanio. 81.04.6.01 Hafnio en bruto. 81.04.6.03 Manufacturas de hafnio. 81.04.6.04 Manufacturas de indio. 81.04.7 Niobío y renio. 81.04.8 Titanio y tallo. 81.04.9 Cermetás. 81.04.0.07 Diamatnes motnados para vidrieras. 83.02.9.01 Bisagras para anteojós. 84.05.2.01 Turbinas de vapor. 84.06.1.01 Motores de aviación (de explosión o de combustión interna) 84.06.8.01 Partes y piezas para motores de aviación. 84.08.1.01 Motores para la aviación. 84.08.2.01 Turbinas de gas, excepto las destinadas para la aviación. 84.08.8.01 Partes y piezas para motores de aviación. 84.08.8.02 Partes y piezas para turbinas a gas. 84.16 Calandrias y laminadores; excepto los laminadores para metales y las máquinas para laminar el vidrio; cilindrosara dichas maquinas 84.19.1.01 Máquinas y aparatos para, celofanar cigarrillos. 84.21.4 Máquinas y aparatos de chorro de arena, de chorro de vapor, y semejantes, 84.22.8.02 Dispositivos de seguridad (paracaídas). 84.23.9 Martinetes y quitanieves distintos de los vehículos quitanieves de la posición 87.03 84.31.1 Máquinas y aparatos para la fabricación de pasta celulósica. 84.34.1 Máquinas para fundir y componer los caracteres de imprenta, para preparación de clisés, de estereotipia y similares. 84.39.1 Máquinas y aparatos de fíeltros. 84.39.2 Máquinas y aparatos de sombrerería. 84.41.8.02 Agujas para máquinas de, coser. 84.44 Laminadores, trenes de laminación y cilindros de laminadores. 85.02.2 Imanes permanentes. 85.04.1 Acumuladores eléctricos alcalinos. 90.11 Microscopios y difractógrafos electrónicos y protónicos. 90.23.0.99 Densímetros, aérometros, pesalíquidos e instrumentos análogos, termómetros (exceptó los clínicos y los para automotores), barómetros, higrometros v psicrómetros, registradores o no, incluso combinados entre sí. 90.29.0.01 Partes de piezas sueltas y accesorios reconocibles como exclusivos o principalmente concebidos para los instrumentos o aparatos de la posición 90.23, excépto los destinados para termómetros de automotores. 95.08.0.01 Cápsulas de gelatina vacías para medicamentos. 97.07.0.01 Anzuelos. 97.07.0.02 Carretes para la pesca. 97.07.0.03 Cañas de pescar.
Decreto 1146 de 1971 →Vigente
Artículo 5
La Lista De Productos A Que Se Refiere El Artículo De Este Decreto Es La Siguiente: Nabalalc Producto 12
Decreto 1146 de 1971 · Por el cual se eliminan los gravámenes arancelarios y demás restricciones a las importaciones de algunos productos originarios y provenientes de los países miembros del Acuerdo de Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.