º En la visita oficial que llevara a cabo el Presidente de la Republica en varios departamentos, a partir del 30 de los corrientes, lo acompañaran el señor Ministro de obras Públicas y el telegrafista de palacio, además del Edecán de la presencia de los miembros del Ejército que designó el señor Ministro de Guerra.
Artículo 1
En La Visita Oficial Que Llevara A Cabo El Presidente De La Republica En Varios Departamentos, A Partir Del 30 De Los Corrientes, Lo Acompañaran El Señor Ministro De Obras Públicas Y El Telegrafista De Palacio, Además Del Edecán De La Presencia De Los Miembros Del Ejército Que Designó El Señor Ministro De Guerra
Decreto 1925 de 1925 · Por el cual se designan los funcionarios que deben acompañar al Presidente de la República en la vista oficial que ha de practicar en varios Departamentos, y se señala la imputación del gasto correspondiente
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.