El Ministerio de Gobierno dictará los reglamentos para los Lazaretos, teniendo en cuenta las disposiciones vigentes sobre la materia y ordenará lo conveniente para el buen servicio de policía en esos establecimientos. Comuníquese y publíquese.
Decreto 903 de 1910 →Vigente
Artículo 16
El Ministerio De Gobierno Dictará Los Reglamentos Para Los Lazaretos, Teniendo En Cuenta Las Disposiciones Vigentes Sobre La Materia Y Ordenará Lo Conveniente Para El Buen Servicio De Policía En Esos Establecimientos
Decreto 903 de 1910 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre el régimen de los Lazaretos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.