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Artículo 1.3.12.19

Información A Reportar Por La Unidad De Planeación Minero- Energética Respecto De Las Certificaciones Que Dan Derecho A Los Beneficios Tributarios De Que Trata Los Artículos Artículo 11, 12, 13 Y 14 De La Ley 1715 De 2014

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Unidad de Planeación Minero-Energética, de conformidad con el artículo 631-3 del Estatuto Tributario y el numeral 20 del artículo 1.3.1.1 de la presente resolución, deberá presentar la información de las certificaciones relacionadas con las inversiones realizadas o la compra e importación de los equipos, elementos, maquinaria y servicios por los contribuyentes para ser destinados en proyectos calificados como Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), acciones o medidas de Gestión Eficiente de la Energía (GEE) y proyectos de hidrógeno verde, azul o blanco que tienen el carácter de deducción en renta, exclusión en el impuesto sobre las ventas (IVA), exención pago derechos arancelarios o depreciación acelerada, indicando cada uno de los beneficiarios del incentivo, de conformidad con los artículos 11, 12, 13 y 14 de la ley 1715 de 2014, conforme a los parámetros establecidos en las especificaciones técnicas del Formato 2822 Versión 1, de la siguiente manera:

1.

Número de acto administrativo que califica el proyecto como de carácter Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), acciones o medidas de Gestión Eficiente de la Energía (GEE) y proyectos de hidrógeno verde, azul o blanco.

2.

Fecha del acto administrativo.

3.

Tipo de proyecto.

4.

Nombre del proyecto.

5.

Código municipio ubicación del proyecto.

6.

Código departamento ubicación del proyecto.

7.

Tipo de incentivo.

8.

Rol del solicitante.

9.

Tipo de documento del beneficiario del proyecto.

10.

Número de identificación del beneficiario del proyecto.

11.

Apellidos y nombres o razón social del beneficiario del proyecto.

12.

Dirección del beneficiario del proyecto.

13.

Código municipio del beneficiario del proyecto.

14.

Código departamento del beneficiario del proyecto.

15.

Valor de la inversión certificada.

16.

Tipo de componente del proyecto.

17.

Descripción del elemento, equipo, maquinaria y/o servicio.

18.

Subpartida arancelaria del elemento, equipo, maquinaria.

19.

Cantidad del elemento, equipo, maquinaria.

20.

Unidad de medida del elemento, equipo, maquinaria.

21.

Marca del elemento, equipo, maquinaria.

22.

Modelo / Referencia del elemento, equipo, maquinaria.

23.

Valor del elemento, maquinaria, equipo o servicio

Para las casillas que utilicen códigos o conceptos, se utilizarán los siguientes:

Tipo de proyecto

Concepto: Descripción

1: Proyectos de generación de energía eléctrica a partir de fuentes no convencionales -FNCE

2: Acción o medida de gestión eficiente de la energía – GEE

3: Proyectos de hidrógeno verde, azul o blanco

Tipo de incentivo

Concepto: Descripción

0001: IVA

0010: Arancel

0100: Sobrededucción

1000: Depreciación acelerada

0011: IVA, Arancel

0101: IVA, Sobrededucción

1001: IVA, Depreciación acelerada

0110: Arancel, Sobrededucción

1010: Arancel, Depreciación acelerada

1100: Sobrededucción, Depreciación acelerada

0111: IVA, Arancel, Sobrededucción

1011: IVA, Arancel, Depreciación acelerada

1101: IVA, Sobrededucción, Depreciación

1110: Arancel, Sobrededucción, Depreciación

1111: IVA, Arancel, Sobrededucción, Depreciación

Rol del solicitante

Concepto: Descripción

1: Beneficiario

2: Secundario

Tipo de componente del proyecto

Concepto: Descripción

1: Elemento, equipo o maquinaria

2: Servicio

Parágrafo

La definición y actualización de la parametrización del campo Descripción del elemento, equipo, maquinaria y/o servicio será responsabilidad de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME). Las descripciones deberán ser únicas, uniformes y ajustadas a las especificaciones técnicas definidas en el formato 2822 Versión 1.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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