º Los plazos y períodos de gracia señalados en los artículos 2º y 3º del presente Decreto, se contarán a partir de la fecha de otorgamiento de los préstamos respectivos. Sin embargo, las nuevas condiciones de tasa de interés y de redescuento sólo serán aplicables a partir de la fecha en que se apruebe la refinanciación.
Decreto 1226 de 1986 →Vigente
Artículo 4
º Los Plazos Y Períodos De Gracia Señalados En Los Artículos 2º Y 3º Del Presente Decreto, Se Contarán A Partir De La Fecha De Otorgamiento De Los Préstamos Respectivos
Decreto 1226 de 1986 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 132 de 1985.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.