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Artículo 4

La Prima De Nivelación En 1997 Para Los Servidores De La Procuraduría General De La Nación, A Que Hacen Referencia Los Literales E) Y F) Del Artículo 12 Del Decreto 47 De 1997, Será La Siguiente: 1

Decreto 1209 de 1997 · por el cual se crea una prima de nivelación para los funcionarios y empleados de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La prima de nivelación en 1997 para los servidores de la Procuraduría General de la Nación, a que hacen referencia los literales e) y f) del artículo 12 del Decreto 47 de 1997, será la siguiente

1.

Para Procuradores delegados grado 22 y el Director de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales grado 22, de $54.747.

2.

Para Procuradores agrarios, Procuradores departamentales, Procuradores provinciales, del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, D. C., grado 21, de $50.112.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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