º Los peritos que hayan de actual en la inspección ocular, deberán tomar especial cuidado en la apreciación de los hechos, dando la razón de su dictamen y tomando minuciosa nota de todas aquellas circunstancias referentes a los cultivos u ocupación con ganados que tenga el solicitante y particularmente sobre el tiempo de la explotación, para lo cual deben observar los vestigios visibles, como palizadas, rastrojos, etc., que por su estado de descomposición o formación, según el caso, den una idea más o menos segura sobre si la ocupación tiene o no más de cinco años.
Para la escogencia de peritos debe preferirse a las personas que vivan cerca al lugar de la diligencia.