Micelio

Artículo 15

El Personal Del Escalafón Territorial Será Dado De Alta En La Forma Que Pasa Á Expresarse: 1º El De La Primera Zona, En La Contaduría De La Primera División Del Ejército; 2º El De La Segunda Zona, En La Habilitación Del Batallón De Tren; 3º El De La Tercera Zona, En La Habilitación Del Regimiento Santander, Número 5; 4º El De La Cuarta Zona, En La Habilitación Del Regimiento De Ricaurte, Número 3

Decreto 578 de 1910 · Por el cual se organiza el servicio del Escalafón Territorial, en desarrollo del artículo 3o de la Ley 22 de 1909 y la 71 del mismo año

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal del Escalafón Territorial será dado de alta en la forma que pasa á expresarse: 1º El de la primera Zona, en la Contaduría de la primera División del Ejército; 2º El de la segunda Zona, en la Habilitación del Batallón de Tren; 3º El de la tercera Zona, en la Habilitación del Regimiento Santander, número 5; 4º El de la cuarta Zona, en la Habilitación del Regimiento de Ricaurte, número 3. 5º El de los Distritos Militares números 22, 23 y 24, en la Habilitación del Regimiento Córdoba número 7, correspondientes á la quinta Zona de servicio territorial; y la Comandancia General y el resto de los Distritos de esta Zona, en la Habilitación del Regimiento Cartagena número 6; 6º El de la sexta Zona, en la Habilitación del Regimiento Girardot número 8; 7º El de la séptima Zona, así: La Comandancia General y Distritos Militares números 35 y 36, en la Habilitación del Regimiento Pichincha número 10. El de los Distritos Militares números 37 y 38, en la Habilitación del Regimiento Ayacucho número 12; El de los Distritos Militares números 39 y 40, en la Habilitación del Regimiento Junín número 11, y El de los Distritos Militares números 41, 42, 43 y 44, en la Habilitación del Regimiento Boyacá número 9; 8º El de la octava Zona, en la Habilitación del Regimiento de Caballería Tolima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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