Micelio

Artículo 4

Fecha De Liquidación De La Cuenta

Decreto 234 de 1993 · por el cual se reglamenta el artículo 60 de la Ley 31 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Fecha de liquidación de la Cuenta. La liquidación de la Cuenta Especial de Cambios se hará a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 31 de 1992. En consecuencia, la liquidación se efectuará con base en los saldos que resultaren de la causación de ingresos y egresos hasta el 3 de enero de 1993, inclusive. No obstante las compras de divisas que efectúe el Gobierno Nacional dentro del mes siguiente a la entrada en vigencia de la Ley 31 de 1992 con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación por concepto de gastos del personal diplomático y consular y el sostenimiento de sedes en el exterior, se liquidarán para la fecha de la operación conforme a las normas y procedimientos anteriormente vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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