Micelio

Artículo 5

No Se Podrá Anunciar Ni Vender Un Producto Para Un Objeto Distinto Al Que Se Refiera La Respectiva Patente

Decreto 499 de 1925 · Por el cual se reglamenta la Ley 31 de 1925, sobre protección de la propiedad industrial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. No se podrá anunciar ni vender un producto para un objeto distinto al que se refiera la respectiva patente.

Parágrafo

La contravención a este artículo ocasionará la cancelación de la patente, para lo cual las autoridades que logren comprobar la infracción, darán cuenta detallada al Ministerio del ramo, el que, en vista de los documentos que se le presenten, dictará la correspondiente resolución, la cual se pondrá en conocimiento del interesado y se publicará en el Diario Oficial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 499 de 1925