Financiación de la Comisión de Regulación de Juegos de Suerte y Azar. La Comisión de Regulación de Juegos de Suerte y Azar se financiará con recursos del Presupuesto General de la Nación y con los recursos propios que le sean asignados o le sean reconocidos.
El Gobierno Nacional realizará las apropiaciones, ajustes, modificaciones o traslados al presupuesto general de la Nación, con el objeto de garantizar el funcionamiento de la Comisión.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 35. Financiación de la Comisión de Regulación de Juegos de Suerte y Azar. La Comisión de Regulación de Juegos de Suerte y Azar se financiará con recursos del Presupuesto General de la Nación y con los recursos propios que le sean asignados o le sean reconocidos.
El Gobierno Nacional realizará las apropiaciones, ajustes, modificaciones o traslados al presupuesto general de la Nación, con el objeto de garantizar el funcionamiento de la Comisión.