° El auxilio de transporte a que alude el artículo 1º del Decreto número 25 de 1963, será pagado por los patronos a los trabajadores por mensualidades anticipados a partir de la fecha de la expedición de este Decreto.
Decreto 237 de 1963 →Vigente
Artículo 2
El Auxilio De Transporte A Que Alude El Artículo 1º Del Decreto Número 25 De 1963, Será Pagado Por Los Patronos A Los Trabajadores Por Mensualidades Anticipados A Partir De La Fecha De La Expedición De Este Decreto
Decreto 237 de 1963 · Por el cual se señala la fecha de vigencia de los Decretos 24 y 25 de 9 de enero de 1963, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.