Los precios de arrendamiento fijados y recibidos en forma de participación en productos, cosechas o cosas semejantes, se declararán como renta bruta al precio comercial de tales productos en el año en que se reciban.
Decreto 818 de 1936 →Vigente
Artículo 17
Los Precios De Arrendamiento Fijados Y Recibidos En Forma De Participación En Productos, Cosechas O Cosas Semejantes, Se Declararán Como Renta Bruta Al Precio Comercial De Tales Productos En El Año En Que Se Reciban
Decreto 818 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 78 de 1935
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.