Micelio

Artículo 18

Decreto 561 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto, a captura, procesamiento, transporte y expendio de los productos de la pesca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las operaciones para después de descargar . Inmediatamente después de descargar el producto se lavarán, desinfectarán y enjuagarán la cubierta, las bodegas y todos los equipos, de conformidad con lo establecido en el Título I de la Ley 09 de 1979. La sentina se vaciará fuera de puerto.

Parágrafo

Para la desinfección se utilizarán soluciones de cloro en concentraciones no menores de 100 partes por millón o cualquier otro desinfectante similar, aprobado por el Ministerio de Salud. CAPITULOIII. DE LA MANIPULACION DEL PRODUCTO DE LA PESCA EN LA EMBARCACION

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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