Micelio

Artículo 20

Decreto 18510618 de 1851 · Concediento privilejio esclusivo a favor de los SS. Ricardo de la Parra i Benajmin Balagge, para poner en comunicación los mares Atlantico i Pacifico, uniendo las aguas de los rios Atrato y San juan de la provincia del Chocó;

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 20° . Los viajeros que pasen por el canal no tendrán necesidad de pasaporte, sino en el caso de guerra esterior o de conmocion interior, si el Gobierno tuviere a bien exijirlo en tales circunstancias; mas los buques que pasen por el mismo canal sí tendrán obligacion de presentar en el puerto del estremo del canal a que llegaren primero, la respectiva patente de navegacion i papeles de mar, que sean necesarios conforme a las leyes o a los tratados públicos para que un buque pueda navegar libremente. Los buques que carezcan de dichos papeles, o que rehusen presentarlos, podrán ser detenidos, i se procederá contra ellos conforme a las leyes.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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