Micelio

Artículo 12

Funciones Y Estructura 78 1

Decreto 2060 de 1999 · por el cual se promulga la "Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones" y el "Protocolo Facultativo sobre la Solución Obligatoria de Controversias Relacionadas con la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y los Reglamentos Administrativos", adoptados en Ginebra el 22 de diciembre de mil novecientos noventa y dos (1992)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones y estructura 78 1. (1) El sector de radiocomunicaciones tendrá como función el logro de los objetivos de la Unión en materia de radiocomunicaciones enunciados en el artículo 1º de la presente Constitución, garantizando la utilización racional, equitativa, eficaz y económica del espectro de frecuencias radioeléctricas por todos los servicios de radiocomunicaciones, incluidos los que utilizan la órbita de los satélites, geoestacionarios, a reserva de lo dispuesto en el artículo 44 de la presente Constitución, y realizando estudios sin limitación de gamas de frecuencias y adoptando recomendaciones sobre radiocomunicaciones. 79 (2) Las funciones precisas de los Sectores de Radiocomunicaciones y de Normalizaión de las Telecomunicaciones estarán sujetas a un constante examen en estrecha colaboración entre ambos en los asuntos de interés mutuo, de conformidad con las disposiciones aplicables del Convenio. Los Sectores de Radiocomunicaciones Normalización de las Telecomunicaciones y desarrollo de las telecomunicaciones mantendrán una estrecha coordinación. 80 2. El sector de radiocomunicaciones cumplirá sus funciones mediante: 81a) Las conferencias mundiales y regionales de radiocomunicaciones; 82b) La Junta del Reglamento de Radiocomunicaciones; 83c) Las asambleas de radiocomunicaciones, asociadas a las conferencias mundiales de radiocomunicaciones; 84d) Las comisiones de estudio; 85e) La oficina de radiocomunicaciones dirigida por un director de elección; 86 3. Serán miembros del sector d radiocomunicaciones: 87a) Por derecho propio, las administraciones de los Miembros de la Unión; 88b) las entidades y organizaciones autorizadas de conformidad con las disposiciones pertinentes del Convenio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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