Micelio

Artículo 2

El Rector O Director, A Quien Se Dirija La Petición, Someterá Al Estudio Del Consejo Directivo Todos Los Documentos A Que Se Hace Referencia, Para Que, Si De Ello Deduce La Identidad En El Desarrollo De Los Estudios, Ordene Su Aceptación O La Niegue En El Caso Contrario

Decreto 1551 de 1934 · Por el cual se reglamenta el intercambio de certificados de estudios en las Facultades oficiales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Rector o Director, a quien se dirija la petición, someterá al estudio del Consejo Directivo todos los documentos a que se hace referencia, para que, si de ello deduce la identidad en el desarrollo de los estudios, ordene su aceptación o la niegue en el caso contrario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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