Micelio

Artículo 3

Transición

Decreto 682 de 2018 · por el cual se sustituye el Capítulo 3 del Título 2 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto número 780 de 2016, Ã?nico Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con las condiciones para la autorización de funcionamiento, habilitación y permanencia de las entidades responsables del aseguramiento en salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Transición . Las entidades que a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, tengan en trámite la solicitud de autorización de funcionamiento o se encuentren en procesos de reorganización institucional, continuarán con el trámite en los términos inicialmente previstos. Una vez otorgada la autorización de funcionamiento, la entidad deberá cumplir las condiciones de habilitación y permanencia aquí establecidas, en los plazos dispuestos para las entidades con autorización vigente, con excepción de las condiciones financieras para los procesos de reorganización institucional establecidas en el artículo 2.1.13.9 del Capítulo 9 del Título 13 de la Parte 1 del Libro 2 del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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