Micelio

Artículo 84

Se Prohibe El Transporte De Tabaco Durante La Noche Sin Permiso Escrito Del Respectivo Agente De Renta

Decreto 183 de 1919 · Sobre renta de tabaco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se prohibe el transporte de tabaco durante la noche sin permiso escrito del respectivo agente de renta. Por el hecho de violar esta disposición, se incurrirá en na multa de $ 5 a $ 20 oro, sin perjuicio de la pena que corresponda al fraude, si lo hubiere. Esta multa sera aplicada por el respectivo Recaudador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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