°. Los recursos transferidos al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en cumplimiento de lo previsto en el artículo 53 de la Ley 1485 de 2011, que no sean ejecutados deberán reintegrarse al Fondo de Solidaridad Pensional Subcuenta de Subsistencia.
Decreto 2260 de 2012 →Vigente
Artículo 4
Los Recursos Transferidos Al Instituto Colombiano De Bienestar Familiar En Cumplimiento De Lo Previsto En El Artículo 53 De La Ley 1485 De 2011, Que No Sean Ejecutados Deberán Reintegrarse Al Fondo De Solidaridad Pensional Subcuenta De Subsistencia
Decreto 2260 de 2012 · por el cual se liquida la Ley 1587 de 2012 que decreta unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.