° El Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, entregará al Fondo de Fomento Municipal, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la suma de cincuenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos con veintinueve centavos ($ 58.485.29), apropiada en el artículo 535, Capítulo 47, del Presupuesto ordinario de la actual vigencia, para la construcción del acueducto y alcantarillado de Leticia, Comisaría del Amazonas.
Decreto 991 de 1946 →Vigente
Artículo 1
El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Entregará Al Fondo De Fomento Municipal, Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, La Suma De Cincuenta Y Ocho Mil Cuatrocientos Ochenta Y Cinco Pesos Con Veintinueve Centavos ($ 58
Decreto 991 de 1946 · por el cual se delega en el Fondo de Fomento Municipal el manejo de la partida apropiada en el artículo 535, Capítulo 47, del Presupuesto ordinario vigente.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.