Articulo 6° El .Ministro de Trabajo y Seguridad Social constituirá una comisión que procederá a elaborar los estudios necesarios para fijar los indicadores de remuneración a partir de las cantidades fijadas .en este Decreto. La comisión deberá entregar sus conclusiones al Ministro de Trabajo y Seguridad Social antes del 31 de diciembre de 1976.
Decreto 1623 de 1976 →Vigente
Artículo 6
El
Decreto 1623 de 1976 · Por la cual se fijan normas sobre salarios mínimos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.