El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1989, con excepción del artículo 5º, modifica en lo pertinente al artículo 5º del Decreto Extraordinario 3493 de 1986, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto Extraordinario 126 de 1988.
Decreto 25 de 1989 →Vigente
Artículo 17
Decreto 25 de 1989 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos, se modifica parcialmente el sistema de nomenclatura de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y se dictan otras disposiciones en material salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.