Micelio

Artículo 14

El Jefe Del Departamento Nacional De Agricultura Se Dirigirá Á Los Agentes Diplomáticos Y Consulares En Solicitud De Los Datos De Que Trata El Artículo 8

Decreto 877 de 1884 · Por el cual se reglamentan las leyes 15 y 56 de 1884, sobre fomento de la Agricultura nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Jefe del Departamento nacional de Agricultura se dirigirá á los Agentes diplomáticos y consulares en solicitud de los datos de que trata el artículo 8.° de la ley 15 a de 1884, y las contestaciones que obtengan se publicarán en el Diario Oficial y en El Agricultor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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