Micelio

Artículo 2.3.3.3.6.2

Consecuencia Del Reconocimiento

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consecuencia del reconocimiento. El Ministerio de Educación Nacional reconoce los diplomas de Educación Media expedidos por establecimientos aprobados oficialmente por cualquiera de los Gobiernos de los países firmantes del Convenio “Andrés Bello”, para efectos de admisión en las Universidades y demás instituciones de educación superior que funcionen en el país.

Parágrafo

Los estudiantes procedentes de cualquier país signatario del Convenio “Andrés Bello”, serán considerados en igualdad de condiciones a los estudiantes del país correspondiente para efectos de admisión.

(Decreto 2444 de 1973, artículo 3°).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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