Las Cámaras de Comercio expedirán los certificados de origen de las mercaderías, previa presentación de una constancia expedida por la Oficina de Cambios, en donde se determine la naturaleza de nacional o mixta, de la empresa productora de las mismas, o que ha suscrito o manifestado formalmente la intención de suscribir el convenio de transformación, en nacional o mixta. La Oficina de Cambios no expedirá la constancia de que trata el párrafo anterior cuando la empresa extranjera incumpla cualquiera de los compromisos adquiridos en el convenio o intención formal de transformación o cuando transcurridos tres años no lo haya celebrado.
Artículo 36
Las Cámaras De Comercio Expedirán Los Certificados De Origen De Las Mercaderías, Previa Presentación De Una Constancia Expedida Por La Oficina De Cambios, En Donde Se Determine La Naturaleza De Nacional O Mixta, De La Empresa Productora De Las Mismas, O Que Ha Suscrito O Manifestado Formalmente La Intención De Suscribir El Convenio De Transformación, En Nacional O Mixta
Decreto 2153 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 1299 de 1971, sobre el régimen de capitales extranjeros, marcas, patentes, licencoas y regalías
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.