Micelio

Artículo 36

Las Cámaras De Comercio Expedirán Los Certificados De Origen De Las Mercaderías, Previa Presentación De Una Constancia Expedida Por La Oficina De Cambios, En Donde Se Determine La Naturaleza De Nacional O Mixta, De La Empresa Productora De Las Mismas, O Que Ha Suscrito O Manifestado Formalmente La Intención De Suscribir El Convenio De Transformación, En Nacional O Mixta

Decreto 2153 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 1299 de 1971, sobre el régimen de capitales extranjeros, marcas, patentes, licencoas y regalías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Cámaras de Comercio expedirán los certificados de origen de las mercaderías, previa presentación de una constancia expedida por la Oficina de Cambios, en donde se determine la naturaleza de nacional o mixta, de la empresa productora de las mismas, o que ha suscrito o manifestado formalmente la intención de suscribir el convenio de transformación, en nacional o mixta. La Oficina de Cambios no expedirá la constancia de que trata el párrafo anterior cuando la empresa extran­jera incumpla cualquiera de los compromisos adquiridos en el convenio o intención formal de transformación o cuando transcurridos tres años no lo haya celebrado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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