Micelio

Artículo 1

El Hospital Militar - Centró Médico Colombiano De Estudios Para Graduados Es Un Establecimiento Público Autónomo Con Patrimonio Propio Y Personería Jurídica, Creado Por Decreto-Ley Número 2775 Del 14 De Octubre De 1959, Vinculado Al Ministerio De Guerra De Acuerdo Con Lo Dispuesto En Los Decretos-Leyes Números 0550 Del 7 De Marzo De 1960 (Artículo 6°) Y 1705 Del 18 De Julio De 1960 (Artículo 26)

Decreto 468 de 1961 · Por el cual se aprueban los estatutos del Hospital Militar - Centro Médico Colombiano de Estudios para Graduados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Hospital Militar - Centró Médico Colombiano de Estudios para Graduados es un establecimiento público autónomo con patrimonio propio y personería jurídica, creado por Decreto-ley número 2775 del 14 de octubre de 1959, vinculado al Ministerio de Guerra de acuerdo con lo dispuesto en los Decretos-leyes números 0550 del 7 de marzo de 1960 (artículo 6°) y 1705 del 18 de julio de 1960 (artículo 26). En tal carácter, la institución desarrolla planes del Estado en materia de asistencia hospitalaria y de docencia médica, de acuerdo con los dictados de la ciencia y de la técnica modernas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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