º Sobre las vías y en las direcciones indicadas en el artículo 3º de este Decreto, el transporte por particulares de productos a que se refiere el artículo 1º solo podrá hacerse con permiso escrito de la correspondiente oficina del Idema, refrendado por la respectiva gobernación, intendencia o comisaria. Cuando en los lugares donde se origine el transporte no existieren funcionarios de las categorías indicadas, el permiso se otorgará por el alcalde del lugar y el personero municipal.
Decreto 1194 de 1977 →Vigente
Artículo 5
Sobre Las Vías Y En Las Direcciones Indicadas En El Artículo 3º De Este Decreto, El Transporte Por Particulares De Productos A Que Se Refiere El Artículo 1º Solo Podrá Hacerse Con Permiso Escrito De La Correspondiente Oficina Del Idema, Refrendado Por La Respectiva Gobernación, Intendencia O Comisaria
Decreto 1194 de 1977 · Por el cual se modifican y adicionan los Decretos 46 de 1965 y 2145 de 1974
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.