Para ascender al grado de General o Almirante el Gobierno escogerá libremente entre los Mayores Generales o Vicealmirantes que tengan las condiciones generales y específicas que este Decreto determina.
Decreto 3071 de 1968 →Vigente
Artículo 51
Para Ascender Al Grado De General O Almirante El Gobierno Escogerá Libremente Entre Los Mayores Generales O Vicealmirantes Que Tengan Las Condiciones Generales Y Específicas Que Este Decreto Determina
Decreto 3071 de 1968 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.