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Artículo 2.22.1.1.3

Definiciones

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Definiciones. Para los efectos de la aplicación del presente Título, se establecen las siguientes definiciones

a)

Cadena de producción y suministro de alimentos. El conjunto de actividades que se articulan técnica y económicamente desde el inicio de la producción y elaboración de los alimentos hasta su consumo. Está conformada por todos los actores que participan en la producción, transformación, distribución, comer­cialización y consumo de los alimentos.

b)

Desperdicio de alimentos. Son los alimentos descartados en los últimos esla­bones de la cadena alimentaria, es decir, en la distribución minorista y en el consumo.

c)

Desperdicios evitables. Son los alimentos y bebidas desechadas que fueron o pu­dieron ser comestibles en algún momento, ya que tuvieron un proceso de cocción, preparación o fueron servidos en los hogares y en los servicios de alimentación públicos y privados. Este desperdicio pudo causarse por preparación de una gran cantidad de alimentos, por inadecuadas prácticas en el proceso de manipulación, por descarte de consumo de alimentos o partes que aún presentan calidad organo­léptica y nutricional adecuada, por ejemplo, corteza del pan, o partes comestibles que pueden ser incluidas como las cáscaras de las papas, entre otros.

d)

Desperdicios no evitables. Son los generados a partir de la transformación de alimentos, y se consideran como la parte no comestible de los mismos de acuer­do con la tabla de composición de alimentos colombianos o el que la reemplace, por ejemplo, huesos de carne, cáscara de huevo, bolsas de té, entre otros.

e)

Economía circular. Sistemas de producción y consumo que promuevan la efi­ciencia en el uso de materiales, agua y energía, teniendo en cuenta la capacidad de recuperación de los ecosistemas, el uso circular de los flujos de materiales y la extensión de la vida útil a través de la implementación de la innovación tecnológica, alianzas y colaboraciones entre actores y el impulso de modelos de negocio que responden a los fundamentos del desarrollo sostenible.

f)

Gestión integral de residuos. El conjunto de componentes inherentes a la pro­ducción de bienes y servicios con criterios de prevención y minimización de la generación de residuos, aprovechamiento, valorización energética, tratamiento con fines de reducción de volumen, peligrosidad y disposición final controlada de los residuos, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente.

g)

Pérdida de alimentos. Es la disminución de alimentos disponibles que ocurre en cualquiera de los eslabones de producción, postcosecha, almacenamiento, procesamiento y distribución al por mayor.

h)

Pérdida o el desperdicio de la calidad de los alimentos (PDCA). Corresponde a la disminución de un atributo cualitativo de los alimentos como el nutricional y el aspecto, entre otros, debido a la degradación del producto en todas las fases de la cadena agroalimentaria.

i)

Seguridad Alimentaria y Nutricional (SAN). Es la disponibilidad suficiente y estable de alimentos, el acceso y el consumo oportuno y permanente de los mis­mos en cantidad, calidad e inocuidad por parte de todas las personas, bajo con­diciones que permitan su adecuada utilización biológica, para llevar una vida saludable y activa.

j)

Sistemas Alimentarios. Reúne todos los elementos (medio ambiente, personas, insumos, procesos, infraestructuras, instituciones, etc.) y actividades relacio­nadas con la producción, elaboración, distribución, preparación y consumo de alimentos, así como los productos de estas actividades, incluidos los resultados socioeconómicos y ambientales.

k)

Sistemas Alimentarios Sostenibles. Son aquellos que al hacer uso de los distin­tos recursos y los sistemas interactuantes, no ponen en riesgo las bases econó­micas, sociales y ambientales que permiten proporcionar Seguridad Alimentaria y Nutricional a las generaciones actuales y futuras.

l)

Sistemas productivos sostenibles. Conjunto estructurado de actividades agro­pecuarias que un grupo humano organiza, dirige y realiza, en un tiempo y espacio determinados mediante prácticas y tecnologías que no degradan la capacidad productiva de los bienes naturales comunes. Tales actividades pue­den ser propiamente productivas como cultivos, recolección, aprovechamien­to, extracción, pastoreo; o de manejo como prevención, mantenimiento, res­tauración. Los sistemas productivos sostenibles producen alimentos seguros, saludables y de alta calidad; contribuyen a la mitigación y adaptación de los territorios al cambio climático; garantizan la viabilidad económica; prestan servicios ecosistémicos; gestionan las zonas rurales conservando la biodiver­sidad y la belleza paisajística; garantizan el bienestar de los animales y con­tribuyen al bienestar y buen vivir.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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