Micelio

Artículo 67

La Matrícula Tiene Por Objeto: 1º Reunir En El Folio Correspondiente A Cada Predio En El Libro De Matrícula, Los Datos Relativos A Su Situación Física, Económica Y Jurídica; 2º Hacer En El Mismo Folio, Una Vez Anotada La Matrícula Las Inscripciones De Todos Los Actos E Instrumentos Que En Lo Sucesivo Afecten La Situación Jurídica Del Predio, Y Facilitar Así La Expedición De Los Certificados Sobre Su Historia, Y 3º Sanear La Propiedad Raíz Mediante La Matrícula Calificada, La Cual Constituirá Prueba Incontrovertible De Propiedad A Favor De Quien La Haya Obtenido

Decreto 1778 de 1954 · Por el cual se dictan normas sobre Notariado y Registro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La matrícula tiene por objeto: 1º Reunir en el folio correspondiente a cada predio en el Libro de Matrícula, los datos relativos a su situación física, económica y jurídica; 2º Hacer en el mismo folio, una vez anotada la matrícula las inscripciones de todos los actos e instrumentos que en lo sucesivo afecten la situación jurídica del predio, y facilitar así la expedición de los certificados sobre su historia, y 3º Sanear la propiedad raíz mediante la matrícula calificada, la cual constituirá prueba incontrovertible de propiedad a favor de quien la haya obtenido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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