º Con el propósito de facilitar al consumidor la selección económica de los bienes que desee adquirir, así como de escoger el expendedor que considere más conveniente, a partir de la vigencia del presente Decreto, se hace obligatoria la publicidad del precio al público de los artículos de primera necesidad, en los términos y circunstancias que se señalan más adelante.
Artículo 1
º Con El Propósito De Facilitar Al Consumidor La Selección Económica De Los Bienes Que Desee Adquirir, Así Como De Escoger El Expendedor Que Considere Más Conveniente, A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Se Hace Obligatoria La Publicidad Del Precio Al Público De Los Artículos De Primera Necesidad, En Los Términos Y Circunstancias Que Se Señalan Más Adelante
Decreto 863 de 1988 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 3466 de 1982, en cuanto a la fijación de precios, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.