Micelio

Artículo 48

Decreto 2617 de 1991 · por el cual se reglamenta un servicio especial de telecomunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cualquier equipo o estación que sea operado por una persona que carezca de licencia del Ministerio de Comunicaciones será suspendido y decomisado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 72 de 1989. CAPITULO VIII. Disposiciones finales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2617 de 1991