Micelio

Artículo 6

En Su Carácter De Capellán General Ejercerá Sus Funciones Con Todo El Personal Dependiente Del Ramo De Guerra En Toda La República

Decreto 202 de 1926 · Por el cual se reglamenta el servicio religioso del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En su carácter de Capellán General ejercerá sus funciones con todo el personal dependiente del ramo de Guerra en toda la República. Especialmente está a su cargo inmediato el servicio religioso con el personal del Ministerio de Guerra, del Estado Mayor General y sus dependencias, de la Escuela Superior de Guerra, de los Cuerpos de tropas de la guarnición de la capital, y demás dependencias del Ministerio de Guerra existentes o que con el tiempo se establecieren.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 202 de 1926